La subordinación de las mujeres como primera causa de la desigualdad social en Paraguay

“Si queremos construir un país verdaderamente democrático, en que la libertad, la igualdad y la justicia sean hermosas realidades, debemos empezar por organizar el hogar sobre la base de una perfecta igualdad” Serafina Dávalos (1883-1957), primera mujer abogada, primera Doctora en Derecho, primera mujer en formar parte del Tribunal Superior de Justicia y pionera en la lucha por los derechos de la mujer en el Paraguay (La Nación, 2020)

En 1907, Serafina escribió su tesis doctoral “Humanismo”, donde analizó la desigualdad social entre hombres y mujeres, y la subordinación de las mismas como la primera causa de tal realidad. En su tesis, citaba esta histórica frase donde se refería a esas desigualdades que se gestaban sobre todo dentro del ámbito doméstico. 

Bien sabemos que este ámbito considerado como “privado”, es donde comienza la formación básica para futuros ciudadanos y futuras ciudadanas del país, y donde las mujeres al ser relegadas principalmente a las tareas del cuidado, son las primeras responsables de la educación de sus hijos e hijas, y a la vez, acusadas por perpetuar la misma desigualdad. 

“Solo la mujer emancipada puede emancipar al hombre, y llegará un día en el que al fin ella conquiste su libertad, para bien y provecho de la humanidad” (Dávalos, 1907)

Han pasado más de 100 años de la tesis de Serafina, y otras décadas más de los primeros avances en la búsqueda de la igualdad de derechos entre hombres y mujeres en Paraguay, sin embargo, han aparecido figuras retrógradas con discursos anti derechos que hacen dudar de un avance real. 

Recientemente, el ex viceministro de culto Fernando Griffith hizo alarde de su “poder” con el micrófono, y en un debate sobre la educación sexual en las escuelas, dijo que las mujeres no cumplen un rol dentro de la sociedad, sino más bien una función biológica. 

Así también, mencionó “los tres dioses laicos que hoy son hegemónicos en esa educación posmoderna, son la inclusión, la diversidad y la igualdad, y las tres cosas falsas por cierto, completamente falsas, porque no son reales esos conceptos (…)” 

Lo que quizás Fernando Griffith no sabe, y también adeptos a este mismo discurso retrógrado no saben, es que en Paraguay hace más de 100 años ya se debatía tanto sobre el rol de las mujeres en la sociedad, como de la inclusión y la igualdad. 

Existieron mujeres y hombres con ideas transgresoras, modernas y avanzadas. Uno de esos hombres aliados de la lucha de las mujeres feministas fue el diputado repúblicano Telémaco Silvera, que en 1919 presentó un proyecto de igualdad de derechos civiles y políticos de las mujeres.  

“¿Cómo puede haber libertad cuando la mujer está bajo la tiranía actual de las leyes?, queremos que la mujer, como miembro de este organismo social ocupe el verdadero sitio que le corresponde al lado del hombre, no queremos verla en este segundo término a que sea relegada injustamente ¿y porque la mujer no ha de conquistar ese sitio, estando capacitada para ello?” (Silvera, 1919)

Ese fue el primer intento de lograr la igualdad jurídica entre hombres y mujeres en Paraguay. 

Por muchos años, en Paraguay también regía el código argentino de Dalmacio Vélez Sársfield, recuerda la fallecida activista feminista Mercedes Sandoval, en el audiovisual Alquimistas. Esta ley, establecía que las mujeres casadas eran prácticamente objetos y propiedades de sus maridos, totalmente dependientes y sin derechos a administrar ni disponer bienes propios. 

“No teníamos tampoco derechos políticos. En el código electoral de aquella época decía quienes eran las personas que no podían votar, y estaban los analfabetos, los menores de edad, los dementes, los quebrados fraudulentos y las mujeres, en el último renglón” (Alquimistas, 1995)

Conceptos básicos sobre la Igualdad

La Constitución Nacional del Paraguay es clara al respecto, incluso se reza la palabra “igualdad” en el aclamado y alabado Himno Nacional. 

Hay varios artículos principales que hablan explícitamente de la igualdad y la no discriminación, y son los siguientes: 

Artículo 46: Todos los habitantes de la República son iguales en dignidad y derechos. No se admiten discriminaciones. El Estado removerá los obstáculos e impedirá los factores que las mantengan o las propicien. Las protecciones que se establezcan sobre desigualdades injustas no serán consideradas como factores discriminatorios sino igualitarios.

Artículo 47: El Estado garantizará a todos los habitantes de la República: 1. la igualdad para el acceso a la justicia, a cuyo efecto allanará los obstáculos que la impidiesen; 2. la igualdad ante las leyes; 3. la igualdad para el acceso a las funciones públicas no electivas, sin más requisitos que la idoneidad, y 4. la igualdad de oportunidades en la participación de los beneficios de la naturaleza, de los bienes materiales y de la cultura. 

Artículo 48: El hombre y la mujer tienen iguales derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales. El Estado promoverá las condiciones y creará los mecanismos adecuados para que la igualdad sea real y efectiva, allanando los obstáculos que impidan o dificulten su ejercicio y facilitando la participación de la mujer en todos los ámbitos de la vida nacional. 

Artículo 88: No se admitirá discriminación alguna entre los trabajadores por motivos étnicos, de sexo, edad, religión, condición social y preferencias políticas o sindicales. El trabajo de las personas con limitaciones o incapacidades físicas o mentales será especialmente amparado. 

En 1925, Virginia Corvalán ya hablaba también sobre la igualdad de las diferencias, y decía: “Diferencia no es lo mismo que inferioridad, puede haber diferencias que se equivalen y que se complementan como ocurre en el hombre y la mujer” (Corvalán, 1925)

La igualdad, el rol de las mujeres, la inclusión social, la diversidad, no son conceptos nuevos y posmodernos para el Paraguay, tienen más de una centuria dentro del debate público, y gracias a esos debates y la organización colectiva en torno a ellos, se han avanzado muchísimo en los Derechos Humanos. 

Que unos pocos retrógrados, no nos saquen la alegría de seguir juntas y organizadas.

“El que tenga ojos para ver, que vea, y el que tenga oídos para escuchar, que oiga”, versa una sabia parábola bíblica de Mateo 13:9.

Fuentes consultadas

Alquimistas: Historia de las mujeres en Paraguay https://www.youtube.com/watch?v=XqgvA0XlUvg&ab_channel=jazads

Guía para la elaboración de políticas de igualdad de las mujeres y niñas en municipios del Paraguay https://kunaroga.org/wp-content/uploads/2023/05/Guia-politicas-de-igualdad-para-mujeres-y-ninas-en-municipios-del-Paraguay.pdf

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